sábado, diciembre 19, 2009
ARTÍCULO. “PRECISIONES CONSAGRADAS POR LA DOCTRINA JURISPRUDENCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN RELACIÓN AL TEST DE LABORALIDAD”.
IMAGEN:PORTADA DEL LIBROS ZONAS GRISES...TES DE LABORALIDAD.AUTORÍA DE PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.
"ALGUNOS ESPECIALISTAS EN DERECHO LABORAL, VIVEN EN EL ETERNO ERROR DE CONSIDERAR LA POSIBILIDAD DE MEDIR LOS LINEAMIENTOS,PARAMETROS Y FACTORES,QUE LES PERMITIRÁN APRIORI LA DETERMINACION DE LA NATURALEZA DE UNA RELACIÓN JURIDICA,PARA SUBSUMIRLA O EXCLUIRLA DE LA RELACIÓN LABORAL. SU"ACIENTIFICO" CRITERIO SOSLAYA EL PRINCIPIO UNIVERSAL DEL INDUBIO PRO OPERARIO Y EL DE LA APLICACIÓN MAS FAVORABLE,MEJOR CONOCIDO COMO EL PRINCIPIO PROTECTORIO DE FAVOR".MEGF. ( SABÁDO 19 DE DIC DE 2009 )
ARTÍCULO. “PRECISIONES CONSAGRADAS POR LA DOCTRINA JURISPRUDENCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN RELACIÓN AL TEST DE LABORALIDAD”.
POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.
MARACAIBO-ESTADO ZULIA-REPÚBLICA DE VENEZUELA-AMÉRICA DEL SUR.
REDACTADA Y PUBLICADA EN SÁBADO 19 DICIEMBRE 2009
En tal sentido, los elementos que deben concurrir para que una relación
Jurídica sea considerada de naturaleza laboral, conforme a nuestro ordenamiento
jurídico y la doctrina jurisprudencial de esta Sala,
1.- son la prestación de servicios
2,.por cuenta ajena,
3.-la subordinación
4.-el salario,
Por lo que al verificarse estos elementos en una relación jurídica indistintamente del sistema formal de concreción del vínculo, estaremos en presencia de una relación de trabajo.
Asimismo, se ha consagrado dentro de la doctrina imperante, las
directrices que en materia laboral corresponde seguir a los jueces para determinar
cuándo se está o no, en presencia de una relación laboral.
Directrices que en materia laboral corresponde seguir a los jueces para determinar cuándo se está o no, en presencia de una relación laboral.
Para ello, la Sala en la referida sentencia N° 489, de fecha 13 de
Agosto del año 2002, estableció un inventario de indicios que permiten determinar la naturaleza laboral o no de una relación jurídica, indicando:
“Sin ser exhaustiva, una lista de los criterios, o indicios, que pueden
Determinar el carácter laboral o no de una relación entre quien ejecuta
un trabajo o presta un servicio y quien lo recibe fue propuesta en el
Proyecto de recomendación sobre el trabajo en régimen de
Subcontratación que la Conferencia de la OIT examinó en 1997 y 1998:
a) Forma de determinar el trabajo (...)
b) Tiempo de trabajo y otras condiciones de trabajo (...)
c) Forma de efectuarse el pago (...)
d) Trabajo personal, supervisión y control disciplinario (...)
e) Inversiones, suministro de herramientas, materiales y maquinaria
(...);
f) Otros: (...) asunción de ganancias o pérdidas por la persona que
ejecuta el trabajo o presta el servicio, la regularidad del trabajo (...) la
exclusividad o no para la usuaria (...).”. (Arturo S. Bronstein, Ámbito de
Aplicación del Derecho del Trabajo, Ponencia del Congreso
Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social,
Caracas-Venezuela 6-8 de mayo de 2002. Pág. 22).
INCLUSIÓN DE NUEVOS ELEMENTOS POR EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA VENEZOLANO.
Ahora, abundando en los arriba presentados, esta Sala incorpora los criterios que a continuación se exponen:
a) La naturaleza jurídica del pretendido patrono.
b) De tratarse de una persona jurídica, examinar su constitución, objeto
social, si es funcionalmente operativa, si cumple con cargas
impositivas, realiza retenciones legales, lleva libros de contabilidad, etc.
________________________________________
c) Propiedad de los bienes e insumos con los cuales se verifica la
prestación de servicio.
d) La naturaleza y quantum de la contraprestación recibida por el
servicio, máxime si el monto percibido es manifiestamente superior a
quienes realizan una labor idéntica o similar
e) Aquellos propios de la prestación de un servicio por cuenta ajena
(...)”. ( Tomado de LAS ZONAS GRISES.-EL TEST DE LABORALIDAD –Y LA IRRENUNCIABILIDAD.EN EN EL DERECHO DEL TRABAJO..INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL LIBRE Y PROPOSITIVA AUTORÍA DEL PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.MARACAIBO-ESTADO ZULIA-VENEZUELA-AMÉRICA DEL SUR.REDACTADA Y PUBLICADA: MARTES 07 DICIEMBRE DE 2009.)
IMAGEN:PORTADA DEL LIBROS ZONAS GRISES...TES DE LABORALIDAD.AUTORÍA DE PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.
"ALGUNOS ESPECIALISTAS EN DERECHO LABORAL, VIVEN EN EL ETERNO ERROR DE CONSIDERAR LA POSIBILIDAD DE MEDIR LOS LINEAMIENTOS,PARAMETROS Y FACTORES,QUE LES PERMITIRÁN APRIORI LA DETERMINACION DE LA NATURALEZA DE UNA RELACIÓN JURIDICA,PARA SUBSUMIRLA O EXCLUIRLA DE LA RELACIÓN LABORAL. SU"ACIENTIFICO" CRITERIO SOSLAYA EL PRINCIPIO UNIVERSAL DEL INDUBIO PRO OPERARIO Y EL DE LA APLICACIÓN MAS FAVORABLE,MEJOR CONOCIDO COMO EL PRINCIPIO PROTECTORIO DE FAVOR".MEGF. ( SABÁDO 19 DE DIC DE 2009 )
Para citar este artículo:
LAS ZONAS GRISES.-EL TEST DE LABORALIDAD –Y LA IRRENUNCIABILIDAD.EN EN EL DERECHO DEL TRABAJO..INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL LIBRE Y PROPOSITIVA.LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA-VENEZUELA. AUTORÍA DEL PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.MARACAIBO-ESTADO ZULIA-VENEZUELA-AMÉRICA DEL SUR.REDACTADA Y PUBLICADA: MARTES 07 DICIEMBRE DE 2009.
©..DERECHOS RESERVADOS
FORMA Y REQUISITOS EN LA CITA DE ARTICULOS, NOTAS, REFLEXIONES AUTORÍA DE MEGF. REDACTADA EL 01 DICIEMBRE DE 2009.
1.-REQUISITOS DE LA CITA ELECTRÓNICA.
¿Como citar los artículos, reflexiones, notas cortas, oraciones y otros materiales, en su versión electrónica, autoría de Prof. Dr. Mervy Enrique González Fuenmayor? Para citar las reflexiones, artículos, notas cortas, oraciones y otras materiales contenidos en los Blogs de Prof. Dr. Mervy Enrique González Fuenmayor, sírvase colocar la siguiente nota: GONZÁLEZ FUENMAYOR, Mervy Enrique .Título de la publicación. Blog de Dr. Mervy Enrique González Fuenmayor, o los títulos de alguno de mis otros blogs Año. [En línea]. Puesto en línea el (fecha de publicación). URL: http://mervyster.blogspot.com/..../ Consultado el dia (fecha de consulta)
2.-REQUISITOS DE LA CITA A PARTIR DE LA VERSIÓN IMPRESA O DE AQUELLA QUE SIN HABER SIDO PUBLICA, FORMA PARTE DEL PATRIMONIO DE LAS INSTITUCIONES ACADÉMICAS,EDUCATIVAS,CULTURALES O DE LAS DIVERSAS BIBLIOTECAS.
¿ Como citar la versión impresa? Primero.- : datos del autor: GONZALEZ FUENMAYOR( los apellidos del autor todos en mayúsculas) y luego los nombres( solamente la primera letra en mayúscula ) Mervy Enrique. Segundo.- El titulo( entrecomillado y todo en mayúsculas ) del articulo, nota corta, reflexiones, oraciones etc. ejemplo “CUARTILLA A MARACAIBO” .Tercero.- El lugar de publicación o impresión( Ciudad y País ) ejemplo Maracaibo-Venezuela, o Bogotá-Colombia. Cuarto.-La editorial que lo imprimió o diseñó: ejemplo: Vadell Hermanos Editores (la primera letra en mayúscula).Si lo que se va a citar se encuentra presentado a alguna Institución biblioteca d académica, educativa, organizaciones publicas o privada, y/o permanece en alguna(s) biblieca(s), o acaso ese material a citar no se ha impreso o publicado, entonces se coloca el nombre de esa Institución u Organización, Biblioteca, etc. ejemplo. La Universidad del Zulia, La Organización de Naciones Unidas, Biblioteca Central del Estado Zulia, etc. Quinto.-Se coloca el año de presentación, impresión o publicación. Ejemplo: año 2008. Sexto.-El total de las paginas del artículo, notas, reflexiones etc. el numero de las paginas consultadas .Ejemplo: Articulo de 35 paginas. Consultadas: 28-32.
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario